PROFESIÓN Y MATERNIDAD
11 de Abril, 2024

Uno de los grandes retos a los que nos enfrentamos las mujeres en la actualidad es el compaginar el ejercicio de nuestra profesión con la maternidad, pues si bien ambas facetas son muy importantes en el desarrollo de la mujer y podemos llevarlas a cabo, es difícil hacerlo.

Lo anterior en virtud de las renuncias que tenemos que hacer, de la inequidad laboral existente en nuestro país y otros aspectos. 

La gran mayoría de las madres que trabajan en México, y en el mundo, deben dejar a sus hijos al cuidado de terceros desde muy temprana edad, renunciando así a acompañarlos en sus primeros meses o años de vida en los que el apego entre madre e hijo es esencial, y a disfrutar de su compañía y crecimiento, debiendo elegir, en el mejor de los casos, que un familiar cuide a sus hijos o tener que dejarlos al cuidado de una institución o guardería a cargo de extraños. 

Esto es así porque de acuerdo con la legislación en nuestro país, una trabajadora que acaba de ser madre sólo cuenta con 6 semanas de descanso posteriores al parto, o se pueden transferir 4 de las 6 semanas de descanso anteriores al parto para después del mismo, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda y tomando en cuenta la opinión del empleador, quedando así en 10 el número de semanas de descanso posteriores al parto. En caso de adopción, de acuerdo con la fracción II Bis del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, la madre gozará de un descanso de 6 semanas con goce de sueldo posteriores al día en que reciba al adoptado.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda otorgar 14 semanas de descanso por maternidad, por lo que México se encuentra por debajo de esa recomendación. Asimismo, la OIT señala que los países que conceden licencias por maternidad más largas son Reino Unido (315 días de permiso), Noruega (315 días), Suecia (240 días), Montenegro, Bosnia y Albania (365 días cada uno), pero no se remunera la totalidad de los días de licencia en dichos países, sólo una parte. En Estados Unidos, por ejemplo, otorgan 12 semanas de descanso posteriores al parto, pero sin goce de sueldo.

Otra de las renuncias de las madres trabajadoras es la de recibir un salario justo y competitivo, pues si bien en otros países otorgan licencias por maternidad de mayor tiempo a la otorgada en México, estas sólo son remuneradas una parte de los días de licencia, por lo que si una madre quiere tomar más tiempo de descanso para cuidar a su hijo, lo hará sin goce de sueldo. Así también en México una madre trabajadora podría acordar con su empleador tener más semanas de descanso por maternidad, pero estas serían sin goce de sueldo ya que el patrón sólo está obligado a pagar las semanas señaladas en la Ley Federal del Trabajo.

La brecha salarial en México entre hombres y mujeres es de 15.8%, según El Economista, lo que se traduce en que por cada $100 pesos que recibe un hombre como pago por su empleo, una mujer recibe $84 pesos. En este aspecto la maternidad también juega un papel, pues una madre trabajadora puede negociar trabajar jornadas menores a las 8 horas diarias para estar con sus hijos, pero el empleador le pagará un salario menor. Asimismo, los permisos que solicita una madre trabajadora para cuidar a sus hijos enfermos, asistir a actividades escolares, entre otros son en su mayoría otorgados por el empleador, pero sin goce de sueldo. Todo esto incrementa la inequidad salarial entre hombres y mujeres en nuestro país.

Las mujeres sí podemos compaginar nuestra vida profesional y la maternidad, pues a pesar de no estar en el centro de trabajo las 8 horas de jornada diarias señaladas en ley, podemos dar los resultados esperados por el empleador, sacar el trabajo adelante y, al mismo tiempo, poder disfrutar de nuestros hijos; sólo se requiere comprensión y disposición por parte de los empleadores, así como un marco legal con mejores condiciones para las madres trabajadoras, en el que se prevea un permiso o licencia por maternidad mayor al actualmente previsto, que permita a las madres gozar de más días para la crianza de sus hijos sin que eso afecte su vida profesional y su economía familiar. Respecto de la disposición de los empleadores, estos pueden implementar esquemas de trabajo híbridos o remotos, si es que la naturaleza del trabajo lo permite, para que las madres puedan trabajar y estar con sus hijos, o permitir a las madres gozar de más días a los previstos en ley de permiso por maternidad remunerados.

Renunciar al ejercicio de nuestra profesión o a ser madres por no ser fácil compaginar ambas facetas es injusto, pues tanto la maternidad como el desarrollo profesional y laboral son derechos de la mujer.

En Aguilar y Loera, S.C., donde soy asociada, tienen una visión de apoyo a las mamás trabajadoras, y me han permitido desarrollar mi faceta de profesionista y mi faceta de madre, por lo que estoy muy agradecida con la firma de porque he podido compaginar muy bien ambas.


Referencias:

Artículo 170 fracción II de la Ley Federal del Trabajo.


https://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/08/150806_permisos_maternidad_mundo_jm


https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Brecha-salarial-realidad-cimentada-en-la-discriminacion-estructural-20230917-0067.html

Mónica Mora

Mónica Mora es asociada de Basham, Ringe y Correa, en el Área de Derecho Corporativo en la oficina de la Ciudad de México. Su práctica se ha desarrollado en las áreas de Corporativo, Contratos, Fusiones y Adquisiciones, Inversión Extranjera e Inmobiliario, principalmente en operaciones nacionales e internacionales, incluyendo constitución y organización de entidades, contratos, reorganización y reestructuración de sociedades, auditorías legales, entre otros asuntos corporativos.

María Cristina Álvarez

Es Asociada en Aguilar y Loera, S.C. Egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana. Su práctica profesional se ha concentrado en derecho corporativo y contractual; fusiones y adquisiciones; transaccional; inversión extranjera; contratación gubernamental, infraestructura.

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